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CUCUTA MOTOR`S S.A.S

Manual para el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo / Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

GENERALIDADES

1.1. INTRODUCCIÓN

En virtud del giro ordinario de sus negocios y el desarrollo de su objeto social, la sociedad

CUCUTA MOTOR´S S.A.S (en adelante “CUCUTA MOTOR´S” o la “Compañía”) se expone a

la materialización de varios riesgos, entre otros, financieros, estratégicos, operacionales y

jurídicos que puedan generar grandes pérdidas no relacionadas con el mercado, cuya

consecuencia de participación voluntaria o involuntaria es la inclusión de la Compañía en listas

restrictivas, afectando quizá, la reputación lograda por la Compañía.

La gestión del riesgo es un proceso de negocio necesario dentro del sector privado. La

implementación sólida y eficaz de la gestión del riesgo determina una óptima práctica

empresarial a nivel corporativo y estratégico.

Analizados e identificados los principales riesgos a los que CUCUTA MOTOR´S podrá

enfrentarse en el desarrollo de las actividades propias de su objeto social se elabora el presente

manual (“Manual”) que contiene el sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado

de activos y financiación del terrorismo / financiamiento de la proliferación de armas de

destrucción masiva (“SAGRILAFT/ FPADM ”), el cual además de ser una obligación legal de la

que se derivan una serie de responsabilidades, forma parte del ciclo de mejora continua de la

Compañía.

En virtud de lo anterior, es importante conocer y combatir circunstancias que puedan ocasionar

que la Compañía se convierta en un medio para el Lavado de Activos y la Financiación al

Terrorismo como también al financiamiento de la proliferación de armas destrucción masiva,

por esta razón se implementaron controles efectivos enfocados en materia de LAFT- FPADM

para los Accionistas, Administradores, Empleados, Proveedores y Clientes, realizando un

continuo seguimiento a las operaciones de la Compañía con el fin de mitigar los Riesgos de

LA/FT/FPADM a los que se ve expuesta la Compañía.

REVISADO POR: ORIGINAL FIRMADO / CARGO: OFICIAL DE CUMPLIMIENTO


De esta forma, es deber de todos los funcionarios y empleados de CUCUTA MOTOR´S cumplir

con todas las leyes nacionales vigentes y reglamentos en los que se desarrolla la operación

comercial, normas y reglas internacionales, como también todas las políticas corporativas

internas plasmadas en la Ley y el SAGRILAFT. Adicionalmente, deberán actuar de manera

socialmente responsable, cumpliendo con los más altos estándares éticos en el ejercicio de sus

actividades y reflejando su diligencia en la implementación de las políticas de la Compañía junto

con las del SAGRILAFT.

1.2. POLÍTICAS GENERALES

a) CUCUTA MOTOR´S está comprometida con el cumplimiento de toda la normatividad

vigente para combatir el riesgo de LA/FT/FPADM.

b) CUCUTA MOTOR´S por medio del Oficial de Cumplimiento garantizará la implementación

de las políticas del presente Manual, las cuales fueron diseñadas por el Representante

Legal de la Compañía previa verificación y ajuste a las características de la Compañía junto

con el objeto social y cuyo proyecto fue aprobado por la asamblea de accionistas de

CUCUTA MOTOR´S.

c) CUCUTA MOTOR´S debe contar con los recursos tecnológicos, humanos y físicos para

implementar las políticas del SAGRILAFT, y atenderá los requerimientos y

recomendaciones impartidas por los entes corporativos de control como lo son: los

Accionistas, el Revisor Fiscal y el Oficial de Cumplimiento, quienes harán respetar las

normas y velarán por el cumplimiento de la ley y los lineamientos del SAGRILAFT.

d) CUCUTA MOTOR´S debe diseñar y ejecutar programas de capacitación con el fin de

instruir en el cumplimiento de las normas de SAGRILAFT a los Directivos, Administradores

y Empleados, y así evitar que la Compañía se vea afectada por el actuar de terceros

involucrados en dichas actividades fuera del marco de la ley.

e) Los principios éticos y las políticas de este Manual se deben anteponer al logro de las

metas comerciales, por lo tanto, se debe generar una cultura orientada a aplicar las normas

y procedimientos establecidos para la prevención de cualquier tipo de riesgo,

especialmente el Lavado de Activos y/o la Financiación del Terrorismo.

f) CUCUTA MOTOR´S implementará la política de identificación y conocimiento de asociados

de negocio. De esta forma, el nivel operativo de la Compañía será diligente en el momento

de recolectar los datos completos de terceros o Clientes que requieran relacionarse

comercialmente con la Compañía, y procurarán realizar la confirmación de todas las

referencias del formulario establecido para tal fin, en el caso que se requiera algún

documento adicional, también será confirmado. Lo anterior, siempre en cumplimiento de las

políticas de manejo de datos personales de la Compañía según la legislación vigente.

g) CUCUTA MOTOR´S antepondrá la observancia de los principios éticos al logro de las

metas comerciales, generando una cultura de prevención del riesgo de Lavado de Activos y

la Financiación del Terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas destrucción

masiva en toda la actividad inherente al giro ordinario del negocio.

De esta forma, es deber de todos los funcionarios y empleados de CUCUTA MOTOR´S cumplir

con todas las leyes nacionales vigentes y reglamentos en los que se desarrolla la operación

comercial, normas y reglas internacionales, como también todas las políticas corporativas

internas plasmadas en la Ley y el SAGRILAFT. Adicionalmente, deberán actuar de manera

socialmente responsable, cumpliendo con los más altos estándares éticos en el ejercicio de sus

actividades y reflejando su diligencia en la implementación de las políticas de la Compañía junto

con las del SAGRILAFT.

1.2. POLÍTICAS GENERALES

a) CUCUTA MOTOR´S está comprometida con el cumplimiento de toda la normatividad

vigente para combatir el riesgo de LA/FT/FPADM.

b) CUCUTA MOTOR´S por medio del Oficial de Cumplimiento garantizará la implementación

de las políticas del presente Manual, las cuales fueron diseñadas por el Representante

Legal de la Compañía previa verificación y ajuste a las características de la Compañía junto

con el objeto social y cuyo proyecto fue aprobado por la asamblea de accionistas de

CUCUTA MOTOR´S.

c) CUCUTA MOTOR´S debe contar con los recursos tecnológicos, humanos y físicos para

implementar las políticas del SAGRILAFT, y atenderá los requerimientos y

recomendaciones impartidas por los entes corporativos de control como lo son: los

Accionistas, el Revisor Fiscal y el Oficial de Cumplimiento, quienes harán respetar las

normas y velarán por el cumplimiento de la ley y los lineamientos del SAGRILAFT.

d) CUCUTA MOTOR´S debe diseñar y ejecutar programas de capacitación con el fin de

instruir en el cumplimiento de las normas de SAGRILAFT a los Directivos, Administradores

y Empleados, y así evitar que la Compañía se vea afectada por el actuar de terceros

involucrados en dichas actividades fuera del marco de la ley.

e) Los principios éticos y las políticas de este Manual se deben anteponer al logro de las

metas comerciales, por lo tanto, se debe generar una cultura orientada a aplicar las normas

y procedimientos establecidos para la prevención de cualquier tipo de riesgo,

especialmente el Lavado de Activos y/o la Financiación del Terrorismo.

f) CUCUTA MOTOR´S implementará la política de identificación y conocimiento de asociados

de negocio. De esta forma, el nivel operativo de la Compañía será diligente en el momento

de recolectar los datos completos de terceros o Clientes que requieran relacionarse

comercialmente con la Compañía, y procurarán realizar la confirmación de todas las

referencias del formulario establecido para tal fin, en el caso que se requiera algún

documento adicional, también será confirmado. Lo anterior, siempre en cumplimiento de las

políticas de manejo de datos personales de la Compañía según la legislación vigente.

g) CUCUTA MOTOR´S antepondrá la observancia de los principios éticos al logro de las

metas comerciales, generando una cultura de prevención del riesgo de Lavado de Activos y

la Financiación del Terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas destrucción

masiva en toda la actividad inherente al giro ordinario del negocio.

h) CUCUTA MOTOR´S dispondrá de mecanismos de control para mitigar y evitar la

vinculación de personas naturales o jurídicas que tengan, hayan tenido o se sospeche que

tengan algún vínculo con operaciones o actividades ilícitas que aparezcan en Listas

Restrictivas vinculantes o asociadas al lavado de activos y/o financiación del terrorismo y el

financiamiento de la proliferación de armas destrucción masiva.

i) La Compañía diseñará procesos eficientes para el adecuado conocimiento de las personas

naturales o jurídicas que aspiren a tener una relación jurídica y/o comercial con CUCUTA

MOTOR´S Proveedores, Clientes, Administradores, Empleados, Contratistas o cualquier

clase de persona sea natural o jurídica; teniendo en cuenta siempre los requisitos

establecidos en las políticas SAGRILAFT. Dado que CUCUTA MOTOR´S es una sociedad

de familia, las políticas SAGRILAFT no cobijan las relaciones con accionistas.

1.3. MISIÓN

Generar tranquilidad a todos los Accionistas, los Administradores, Empleados, Oficial de

Cumplimiento, Representantes Legales y sobre todo a Clientes y Proveedores de la Compañía,

a la hora de generar relaciones jurídicas y comerciales con la Compañía como resultado de una

eficaz mitigación de los riesgos identificados y relacionados, y así mismo, cumplir con el deber

legal y social que contribuya a la prevención o al manejo del riesgo de toda clase de delitos y en

especial al Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo y el financiamiento de la

proliferación de armas destrucción masiva

.

CUCUTA MOTOR´S a través de los diferentes órganos corporativos de control que la

conforman deberá implementar y hacer que se cumpla a cabalidad con el SAGRILAFT, acorde

con la estructura, tamaño, objeto social y actividades de apoyo, que le permita a CUCUTA

MOTOR´S identificar, medir, controlar y monitorear eficazmente estos riesgos, y en virtud de

ello, evitar que la Compañía sea usada para la comisión de actividades delictivas.

1.4. VISIÓN

Impulsar al interior de CUCUTA MOTOR´S la cultura del autocontrol y gestión de los riesgos a

través de la definición de los roles y la responsabilidad de cada uno de los Directores,

Administradores y Empleados de CUCUTA MOTOR´S frente a las Fuentes de Riesgo de

LA/FT/FPADM y al SAGRILAFT, evitando la vinculación a la Compañía de personas

relacionadas o potencialmente relacionadas con Lavado de Activos y/o Financiación del

Terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas destrucción masiva, según las

directrices trazadas por la Compañía en este Manual y la ley.

CAPITULO 2

 DEFINICIONES

Para efectos del presente Manual, sin perjuicio de la definición de otros términos a lo largo de

este documento, los términos indicados en este capítulo se entenderán siguiendo las

definiciones aquí indicadas:

2.1. Accionistas: Son los accionistas actuales y futuros de la Compañía.

2.2. Administradores: Son administradores el representante legal, el liquidador, el factor y

quienes ejerzan funciones de administración en la Compañía.

2.3. Circular: Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades (circular Externa

100-000016 expedida el 24 de diciembre del 2020 por la Superintendencia de

Sociedades)

2.4. Asociados de Negocio: Son todas aquellas personas naturales o jurídicas con las cuales

la Compañía tiene vínculos comerciales, laborales, contractuales o jurídicos de cualquier

orden.

2.5. Control de Riesgo de LA/FT/FPADM: Son los controles, implementación de políticas,

procesos, prácticas o acciones que se llevan a cabo para mitigar el riesgo del

LA/FT/FPADM, en las operaciones, negocios o contratos que ejecute la Compañía.

2.6. Comité de Reporte: Es el comité conformado por el Gerente General, Oficial de

Cumplimiento Principal y Suplente, cuyas funciones se describen en el literal 7.5.2 del

CAPITULO 7 del presente Manual.

2.7. Fuentes de Riesgo de LA/FT/FPADM: Son los agentes generadores del riesgo de

LA/FT/FPADM Para efectos del SAGRILAFT se tiene en cuenta como mínimo los

siguientes:

a. Canales de Distribución: Son los medios que utiliza la Compañía para ofrecer y

comercializar sus bienes y servicios.

b. Clientes: Es toda persona natural o jurídica con la cual la Compañía establece y

mantiene una relación contractual o legal para el suministro de bienes o servicios que

ofrece en el giro ordinario de sus negocios.

c. Empleados o Funcionarios: Son todas las personas que prestan sus servicios en la

Compañía, mediante una relación laboral y/o de subordinación y/o de servicios. Esta

definición incluye a los Representantes Legales, directivos y demás Empleados.

d. Productos: Son los bienes y servicios que ofrece CUCUTA MOTOR´S en el curso

ordinario del desarrollo de su objeto social.

e. Proveedores: Son las personas naturales o jurídicas con las cuales la Compañía tiene

vínculos comerciales o jurídicos de prestación de servicios o adquisición de bienes en

beneficio de CUCUTA MOTOR´S.

2.8. Monitoreo: Es el proceso continuo y sistemático mediante el cual se verifica la eficiencia

y la eficacia de la política, proceso y Procedimiento del SAGRILAFT para la identificación

de logros y debilidades para tomar los correctivos necesarios y realizar seguimiento

continuo para verificar su cumplimiento.

2.9. Oficial de Cumplimiento: Es aquel funcionario de la Compañía nombrado por la

Asamblea de Accionistas de la Compañía, el cual se encuentra obligado y es responsable

de la vigilancia e implementación al interior de la Compañía de los mecanismos de control

y Monitoreo del SAGRILAFT cuyas funciones se detallan en el CAPITULO 10.

2.11 Operación Intentada: Es cuando se tiene pleno conocimiento de la intención de una

persona de utilizar a CUCUTA MOTOR´S como vehículo de actividades de

LA/FT/FPADM, sin embargo, los controles implementados y establecidos no permitieron

que se llevara a cabo la operación o la persona desiste del negocio.

2.12. Operación Inusual: Son aquellas operaciones que se salen de los parámetros de la

normalidad establecidos, o aquella cuya cuantía o características no guardan relación con

la actividad económica de los Clientes o Proveedores y/o es aquella que se sale del giro

ordinario de los negocios del sector automotor.

2.13. Operación Sospechosa: Es aquella operación que por su número, cantidad o

características no se enmarca dentro de las prácticas normales del sector automotor, en

especial cuando la actividad no pueda ser razonablemente justificada. Estas operaciones

se reportan a la UIAF.

2.14. Producto: Son los bienes comercializados por la Compañía, los cuales en su mayoría

son importados directamente o por terceros, o los servicios requeridos para el

cumplimiento del objeto social.

2.15. LA/FT/FPADM: Lavado de Activos / Financiación del Terrorismo / financiamiento de la

proliferación de armas destrucción masiva, tendrá el significado otorgado a dichos

términos en la ley aplicable colombiana.

2.16. Listas Restrictivas: Significa las listas desarrolladas por un tercero que buscan calificar

el nivel de riesgo que pueden representar las Contrapartes, como por ejemplo, la Lista de

Personas Especialmente Designadas y Bloqueadas (SDN List), de la Oficina de Control

de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.

2.17. PEP – Persona expuesta políticamente: Hace referencia a los individuos que

desempeñan funciones públicas destacadas o que por su cargo, manejan o administran

recursos públicos. Esta definición también incluye a los individuos que hayan

desempeñado funciones públicas destacadas o que por su cargo, hayan manejado o

administrado recursos públicos. No obstante, la calidad de PEP sólo se conservará por unperiodo de 2 años con posterioridad a la fecha en que el respectivo individuo haya dejado

de desempeñar las funciones públicas destacadas o haya dejado de administrar o

manejar recursos públicos. A manera de ejemplo, son PEPs los políticos, funcionarios

gubernamentales, funcionarios judiciales y militares, en aquellos casos en que las

personas mencionadas ocupen o hayan ocupado cargos de alta jerarquía. También se

consideran PEPs los altos ejecutivos de empresas estatales, los funcionarios de alto

rango en los partidos políticos y los jefes de Estado.

2.18. Riesgo de Contagio: Es la posible afectación reputacional, legal o económica que puede

sufrir una empresa al estar relacionada por una acción - actividad o experiencia de un

actor asociado con ella y las Fuentes puedan ser LA/FT/FPADM.

2.19. Riesgo de LA/FT/FPADM: Es la posibilidad de pérdida o daño que puede sufrir CUCUTA

MOTOR´S al ser utilizada directamente o indirectamente como instrumento para el

LA/FT/FPADM.

2.20. Riesgo Inherente: Es el nivel de riesgo propio de la actividad, sin tener en cuenta el

efecto de los controles.

2.21. Riesgo Legal: Es la posibilidad de pérdida en que incurre una entidad al ser sancionada u

obligada a indemnizar daños como resultado del incumplimiento de normas o

regulaciones y obligaciones contractuales. El Riesgo Legal surge también como

consecuencia de fallas en los contratos y transacciones, derivadas de actuaciones

malintencionadas, negligencia o actos involuntarios que afectan la formalización o

ejecución de contratos o transacciones.

2.22. Riesgo Pérdida Operativa: Es la posibilidad de incurrir en pérdidas por deficiencias,

fallas o inadecuaciones, en el recurso humano, los procesos, la tecnología, la

infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos. Esta definición incluye el

Riesgo Legal y el Riesgo Reputacional.

2.23. Riesgo Afectación Reputacional: Es la posibilidad de pérdida en que se incurre por

desprestigio, mala imagen, publicidad negativa veraz o no, respecto de la Compañía y sus

prácticas de negocios, que cause pérdida de Clientes, disminución de ingresos o derive

en procesos judiciales.

2.24. Riesgos Materiales de LA/FT/FPADM: Son los riesgos a través de los cuales se

materializa el Riesgo de LA/FT/FPADM, los cuales son: Riesgo Reputacional, Riesgo

Legal, Riesgo Operativo y Riesgo de Contagio.

2.25. Riesgo Fraude: Entes delincuenciales privan a la compañía de su dinero, capital o de

otra manera daña su salud financiera por medio de prácticas engañosas, confusas u otras

prácticas ilegales aprovechándose de las condiciones de vulnerabilidad del país.

2.26. Riesgo Inversión Fraudulenta: Son engaños tomados de acontecimientos recientes en

política, economía, ciencia entre otros, con el fin que las personas naturales o jurídicas

realicen inversión monetarias y así poder generar estafas.

2.27. Riesgo Delitos Cibernéticos – Ciberdelito: Se refiere al fraude, engaño, daños u otra

actividad ilegal que se puedan realizar dentro del entorno digital o través de internet.

2.28. SAGRILAFT: Es el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de

Activos y la Financiación del Terrorismo contenido en el presente Manual.

2.29. Señal de Alerta: Son las circunstancias anormales que a criterio del Empleado o

Funcionario justifican un mayor análisis dado que puede configurar una Operación Inusual

y son las consagradas en el capítulo 09 de este Manual.

2.30. UIAF: Es la Unidad de Información y Análisis Financiero del Ministerio de Hacienda y

Crédito Público.

CAPITULO 3

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este Manual aplica a todos los asociados de negocio y todos los procedimientos y actuaciones

de CUCUTA MOTOR´S. Su atención y estricto cumplimiento debe darse en todo el territorio

colombiano, donde CUCUTA MOTOR´S mantenga relaciones comerciales, legales o

contractuales.

CAPITULO 4

ELEMENTOS DEL SAGRILAFT

El SAGRILAFT está compuesto por los siguientes elementos:

4.1. DISEÑO

El diseño del SAGRILAFT tendrá como objetivo identificar y mitigar la materialidad dentro de la

actividad económica, y la identificación de los factores de riesgo mediante la evaluación,

individualización, identificación y segmentación del Riesgo.

4.1.2 Matriz de Riesgos.

Teniendo en cuenta los riesgos detectados se realizan las evaluaciones de riesgo a cada una

de las contrapartes, identificando cada uno de los riesgos a sus procesos o servicios, emitiendo

un riesgo Inherente y residual, estableciendo controles y planes de acción a cada uno de los

riesgos detectados.

4.2. APROBACIÓN.

El manual SAGRILAFT de CUCUTA MOTOR´S, ha sido aprobado por el máximo órgano social

de CUCUTA MOTOR´S o en su defecto por su representante legal, bajo el Acta de No 27 del

16 de Diciembre de 2021.

4.3. AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL SAGRILAFT. La Asamblea General de Accionistas ha designado a un oficial de cumplimiento principal y a su vez un Oficial de Cumplimiento Suplente, quienes cumplen con los requisitos en materia de experiencia y de conocimientos en materia de administración del riesgo LA/FT/FPADM/FPADM, los cuales se encuentran encargados de la auditoria y verificación del cumplimiento del SAGRILAFT. La asamblea general de accionistas junto con su representante legal debe disponer los recursos técnicos, humanos, medidas operativas, económicas, físicas, tecnológicas que se requieran para implementar y mantener en funcionamiento el SAGRILAFT, teniendo en cuenta el tamaño y características de CUCUTA MOTOR´S. 4.4. DIVULGACIÓN Y CAPACITACIÓN Este procedimiento se aplicará para los para todos los funcionarios de CUCUTA MOTOR´S que hacen parte de los procesos de comercial, compras, gestión humana y administrativos, la cobertura sobre el SAGRILAFT incluirá dado el caso la inducción al personal temporal que le preste sus servicios a CUCUTA MOTOR´S. Directrices  Todos los funcionarios que ingresen deberán recibir, por lo menos una vez al año, capacitación sobre las políticas, procedimientos, herramientas, señales de alerta, controles adoptados y canales de denuncia para dar cumplimiento al SAGRILAFT.  Cada vez que se realice alguna actualización al Manual SAGRILAFT, deberá ser comunicada a todos los funcionarios de los procesos comerciales, compras, Recursos Humanos y administrativos de CUCUTA MOTOR´S, en el caso de que los cambios realizados sean muy grandes se requiere programar capacitaciones para dar a conocer las nuevas normas y parámetros del SAGRILAFT.  Se debe dejar constancia de todas las capacitaciones realizadas, donde se indique como mínimo la fecha, el tema tratado, área, nombre e identificación de los asistentes. Funciones y Divulgación El Oficial de Cumplimiento principal y suplente de CUCUTA MOTOR´S, tienen las siguientes funciones:  Mantener una presentación actualizada de acuerdo con la normativa interna y la legislación internacional y local vigente sobre el SAGRILAFT.  Programar las jornadas de inducción corporativa para el personal nuevo incluyendo al personal temporal, la capacitación sobre los temas del SAGRILAFT. Elaborar el cronograma anual para dar a conocer las capacitaciones sobre SAGRILAFT

al personal antiguo nuevo incluyendo al personal temporal.

 Divulgar por diversos medios de comunicación con los empleados la ruta en donde se

puede consultar el MANUAL SAGRILAFT.

4.5 ASIGNACIÓN DE FUNCIONES A LOS RESPONSABLES Y OTRAS GENERALIDADES

La estructuración del SAGRILAFT se realizó teniendo como base el alcance y objetivo del

proceso de comercialización de vehículos, repuestos, accesorios y servicio posventa tanto a

nivel táctico como operativo que soporta la gestión.

Por lo que la gestión contiene los siguientes elementos:

 Identificación del proceso en función del resultado final esperado.

 Especificación de las actividades secuencias o concomitantes que se requieren para la

ejecución del proceso y que implica para la organización.

 Tipo de información requerida. - cómo interactúa con otros procesos (relaciones internas

y externas).

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL SAGRILAFT


De otra parte, es importante tener en cuenta que la asociación de

procesos/subprocesos/procedimientos con niveles de decisión permite identificar la instancia

responsable de las respectivas actividades de cada procedimiento y su relación con el

SAGRILAFT. Lo anterior, aunque no excluye la responsabilidad asignada individualmente a

cada actividad y tarea detallada dentro del flujo del procedimiento, implica, que se resaltarán

aquellas actividades con alta “Probabilidad de Riesgo” a fin de ejercer un estricto control y 

seguimiento a los mecanismos de “Control” internos y externos de CUCUTA MOTOR´S y

disminuir así, la posibilidad de ocurrencia de los eventos de riesgo en esta materia.

Finalmente, los niveles de decisión demuestran los compromisos y responsabilidades al interior

de la organización sobre el SAGRILAFT. A continuación, se hace una descripción detallada de

cada uno de los niveles explicando con precisión y claridad las responsabilidades asociadas a

cada uno, sus interrelaciones entre sí y cómo a partir de estos niveles se observa la efectividad

del sistema.

NIVEL ESTRATÉGICO: Está conformado por quienes tienen la capacidad de definir las

directrices o cambios relacionados al proceso, es decir, la Asamblea General de Accionistas,

Representante legal Gerente General y Oficial de Cumplimiento.

a) Características:

 Instancia definitoria por excelencia, es decir, que bajo sus decisiones caben las

responsabilidades de orientación y reorientación de la gestión del nivel operativo.

 Bajo este nivel está la definición del nivel de Riesgo de LA/FT/FPADM que la

organización está dispuesta a asumir bajo la ejecución de sus actividades. Es en

este nivel donde se definen todas las directrices fundamentales de mantenimiento,

seguimiento y control del SAGRILAFT.

 Responde por el desempeño global del SAGRILAFT.

NIVEL OPERATIVO: Finalmente se encuentra el nivel operativo sobre el cual descansa la

mayor responsabilidad frente al SAGRILAFT, dado que aquí es donde nace la información que

alimentará el perfil de riesgo de la organización.

a) Características:

 Responsable de la ejecución de los planes y programas definidos para cada área,

bajo condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia.

 Retroalimenta al nivel táctico para introducir modificaciones oportunas a los planes,

programas y procedimientos, con el fin de que se garantice la eficacia de los

resultados operativos y el cumplimiento de las metas

El SAGRILAFT de CUCUTA MOTOR´S, estipula como mínimo las siguientes funciones y

atribuciones:

4.5.1. Asamblea General de Accionistas:

 Aprobar las políticas para la prevención y control del riesgo de LA/FT/FPADM que

están contenidas en el SAGRILAFT.

 Realizar un continuo seguimiento sobre las señales de alerta o eventos derivados al

riesgo LA/FT/FPADM de la compañía.



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